Nuestra firma legal www.abogadoambientalista.com.mx ha realizado una segmentación de preceptos legales que pueden apoyar en la interpretación de la norma.
en caso de requerir asesoría no dude en contactarnos
ARTÍCULO 94.- La exploración, explotación, aprovechamiento y administración de los recursos
acuáticos vivos y no vivos, se sujetará a lo que establecen esta Ley, la Ley de Pesca, las normas oficiales
mexicanas y las demás disposiciones aplicables.